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Obras

Queremos cerrar la terraza de casa y no sabemos qué permisos o licencias tenemos que pedir al Ayuntamiento.

Estos cerramientos, a pesar de que en ocasiones sean sencillos, a base de aluminio y/o cristal y materiales similares, precisan para su legalidad urbanística disponer de licencia de obra. En este caso se trataría de licencia de obra menor.

En Legálitas recomendamos que antes de realizar la obra o efectuar la solicitud de licencia, se solicite información en el Ayuntamiento (gerencia de urbanismo) sobre la viabilidad de hacer ese cerramiento. Esto es porque, con carácter general y salvo raras excepciones, los ayuntamientos no autorizan este tipo de cerramientos. Suelen ser contrarios a la legalidad urbanística porque el volumen de edificabilidad previsto en los Planes Urbanísticos ya lo deja agotado el promotor al edificar, de forma que construye todo el espacio útil posible, en el que no computa las terrazas y espacios abiertos. El cerramiento supone un cambio de uso de ese espacio, no previsto en el volumen de edificabilidad. Si ese espacio fuera aprovechable, ya lo habría cerrado el promotor repercutiéndolo en el precio de la vivienda.

Por tanto, antes de realizar alguna inversión de este tipo, es prudente informarse de su viabilidad.

Información suministrada por LEGÁLITAS

Otras consultas frecuentes sobre el tema Comunidad de vecinos:

Trámites administrativos

• Licencia inicio actividad

• Obras

• Reclamaciones a la administración

Tabaco

• Máquinas expendedoras

• Zona de fumadores

• Identificación al comprar

• Menores de edad acompañados

• Lugares de descanso

• Sala de fumar

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