Queremos cerrar
la terraza de casa y no sabemos qué permisos
o licencias tenemos que pedir al Ayuntamiento.
Estos cerramientos, a pesar
de que en ocasiones sean sencillos, a base de aluminio
y/o cristal y materiales similares, precisan para
su legalidad urbanística disponer de licencia
de obra. En este caso se trataría de licencia
de obra menor.
En Legálitas recomendamos
que antes de realizar la obra o efectuar la solicitud
de licencia, se solicite información en el
Ayuntamiento (gerencia de urbanismo) sobre la viabilidad
de hacer ese cerramiento. Esto es porque, con carácter
general y salvo raras excepciones, los ayuntamientos
no autorizan este tipo de cerramientos. Suelen ser
contrarios a la legalidad urbanística porque
el volumen de edificabilidad previsto en los Planes
Urbanísticos ya lo deja agotado el promotor
al edificar, de forma que construye todo el espacio
útil posible, en el que no computa las terrazas
y espacios abiertos. El cerramiento supone un cambio
de uso de ese espacio, no previsto en el volumen
de edificabilidad. Si ese espacio fuera aprovechable,
ya lo habría cerrado el promotor repercutiéndolo
en el precio de la vivienda.
Por tanto, antes de realizar
alguna inversión de este tipo, es prudente
informarse de su viabilidad.
Información suministrada por LEGÁLITAS |