Hace una semana
mi madre se cayó en la calle por un boquete
que había en la calzada; se ha roto un brazo
y no puede hacer nada en casa. ¿Podemos reclamar
algo? ¿Pueden pagarnos los gastos de una señora
que la ayude a realizar las tareas del hogar?
Se puede pedir responsabilidad
a la Administración Pública de quien
dependiera la obligación de la conservación
y el mantenimiento de la citada vía pública.
Por tratarse de una calle
(vía urbana) sería el Ayuntamiento.
El abogado de Legálitas le asesorará
a fin de que usted pueda pedir el resarcimiento
de todos los daños y perjuicios sufridos
por esa caída (gastos médicos, evaluación
monetaria de las lesiones, secuelas y días
empleados en la curación y también
el gasto que suponga pagar a una persona que cuide
del lesionado o le sustituya en la realización
de determinadas tareas). Ahora bien: tanto el hecho
de la caída sufrida como el lugar donde se
produjo; el defectuoso estado de la vía pública
en el lugar y momento de la caída; las lesiones
sufridas y tiempo de curación, así
como todos los gastos derivados o relacionados con
este incidente han de ser acreditados de forma completa
y detallada al efectuar la reclamación.
Por eso en Legálitas
siempre recomendamos no precipitarse al efectuar
la reclamación (hay un plazo de un año
contado, no desde el día de la caída,
sino desde que se han podido evaluar los daños,
y esa evaluación de daños es necesaria
para cifrar la reclamación). Hay que dedicar
tiempo y esfuerzo a la actividad probatoria, es
decir a reunir todas las pruebas posibles en cantidad
y calidad que nos atribuyan el derecho a ser indemnizados
(Ejm. Testigos presenciales de la caída;
fotografías del defectuoso estado del pavimento
en el lugar de la caída; parte de traslado
si fuimos asistidos sanitariamente en el lugar y
evacuados en ambulancia; atestado o informe policial
si acudió la policía; todos los informes
médicos, incluido el parte que determine
el final de la curación y las secuelas, si
las hay; etc). Antes de efectuar la reclamación
no debemos despreciar ningún detalle probatorio
que pueda acreditar cualquier incidencia relacionada
con la caída y los daños derivados
de la misma.
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