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Régimen económico matrimonial

Antes de casarme mis padres me regalaron un piso y ahora quiero venderlo para comprar un apartamento en la playa, pero me dicen que no debo hacerlo porque tendría que darle parte del precio a mi marido. ¿Es cierto? ¿El apartamento de la playa sería de los dos?

Dado que sus padres le regalaron un piso, Legálitas le informará que los bienes adquiridos por herencia o donación por cualquiera de los cónyuges son privativos de el.

Los Abogados del Departamento de Familia de Legálitas le explicarán que dado que dicho piso figura inscrito a su nombre con el carácter de privativo y que no constituye el domicilio familiar puede venderlo sin necesidad de contar para ello con el consentimiento de su esposo.

En Legálitas le informarán que el dinero obtenido de la venta del piso privativo es también privativo y lo que se adquiera con el también lo será, por consiguiente si usted destina el dinero obtenido de la venta a comprar un nuevo inmueble este le pertenecerá en exclusiva.

No obstante, los Abogados del Departamento de Familia de Legálitas le aconsejarán la conveniencia de que en las escrituras notariales se haga constar claramente el carácter privativo con que se adquiere el apartamento de la playa y que el mismo no constituye el domicilio familiar

Información suministrada por LEGÁLITAS

Otras consultas frecuentes sobre el tema Familia:

• Pensión de alimentos

• Separación de mutuo acuerdo

• Régimen económico matrimonial


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