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Deducción de la vivienda

Hemos comprado una vivienda y queremos saber cuanto podemos deducirnos este año por ella en la declaración de la renta.

Como cliente de Legálitas podrá obtener un asesoramiento fiscal a la hora de adquirir una vivienda habitual. Usted tiene el derecho a deducirse en su declaración de la renta, por todas las cantidades que destinen a la compra. No sólo por la parte del precio que paguen cada año, sino también por todas las cantidades destinadas al pago de los gastos e impuestos derivados de la compra.

Así, podrán también deducirse por los impuestos que pague a consecuencia de la compra, gastos de apertura de hipoteca, honorarios del Notario y Registro de la Propiedad, etc.

Pero, deben tener en cuenta que el límite de la base de deducción anual es de 9.015,18 euros (1.500.000 pesetas), por declaración. Por tanto si Vds., pueden optar por tributación individual, podría resultarles más interesante, dado que ambos en su respectiva declaración podrían deducirse por todo lo abonado, hasta el límite indicado.

Con carácter general, el porcentaje de deducción es el 15%, salvo que Vds., soliciten una hipoteca de al menos el 50% del valor de adquisición de la vivienda, y no amorticen durante los tres primeros años más del 40% del capital solicitado, en cuyo caso, podrán deducirse por los porcentajes incrementados.

Información suministrada por LEGÁLITAS

Otras consultas frecuentes sobre el tema Fiscal:

• Impuesto bienes inmuebles

• Deducción de la vivienda

• Deducción de la hipoteca

• Tributación por la venta de segunda vivienda

• Tributación de ganancias por arrendamiento de vivienda


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