Cuál
es la duración de un contrato para la formación?
El contrato para la formación
no puede tener una duración inferior a seis
meses ni exceder de dos años.
Sin embargo, los convenios
colectivos sectoriales , ya sean estatales, autonómicos
o de ámbito provincial, pueden establecer
duraciones distintas , siempre que no excedan de
tres años y atendiendo al oficio o puesto
de trabajo a ocupar y a los requerimientos formativos
del mismo.
Cuando se contrate a un minusválido , la duración máxima del contrato
para la formación puede ser hasta cuatro
años en función de su grado de minusvalía
y las características del proceso formativo
a realizar.
Cuando el contrato se celebre
por duración inferior a la máxima
establecida , las partes podrán acordar hasta
dos prórrogas , salvo disposición
en contrario del convenio colectivo.
En ningún caso , la
duración del contrato puede ser inferior
a seis meses o a la que establezca, en su caso,
el convenio colectivo .
En el supuesto de suspensión
del contrato para la formación (por mutuo
acuerdo, incapacidad temporal, maternidad, ejercicio
de cargo público, privación de libertad,
ejercicio del derecho de huelga...) no se amplía
la duración máxima del mismo.
Esta modalidad contractual
es compatible con el establecimiento de un período
de prueba , cuya duración máxima es
de dos meses , salvo que por convenio colectivo
se fije un plazo inferior . Durante este tiempo,
el contrato puede ser extinguido por cualquiera
de las partes sin necesidad de justificar causa
alguna.
Si finalizado el contrato
para la formación, el trabajador se incorpora
en plantilla a la empresa, no se pude concertar
un nuevo período de prueba, computándose
el tiempo contratado para aprendizaje a efectos
de la antigüedad en la misma.
Agotada la duración
máxima del contrato para la formación,
el trabajador no puede ser contratado bajo esta
modalidad contractual en la misma o distinta empresa.
Cuando agotada la duración
máxima del contrato, el trabajador continúe
prestando sus servicios para la empresa, el mismo
se convierte en indefinido.
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